Rocio Luna
La Cámara de Diputados el pasado 3 de marzo aprobaron la iniciativa para prohibir la exploración y explotación de hidrocarburos y/o minerales en las Áreas Naturales Protegidas (ANP), así como el establecimiento de asentamientos humanos, esto representa un gran avance para obtener una protección real y sustantiva de estos territorios siempre y cuando que las senadoras y los senadores voten a favor de dicho proyecto en beneficio de los ecosistemas y del interés público, frente a los intereses privados de las grandes corporaciones mineras y petroleras, tanto nacionales como extranjera, además sería de suma importancia que existirá una verdadera vigilancia que haga valer la ley y excluir la corrupción que tanto daño hace al país.
En un pronunciamiento de ONG'S dirigido a la cámara alta, señalan que en México “existen 73 proyectos mineros en territorios de resguardo, en oposición al objetivo prioritario de preservarlos”; entre ellos destacan los del parque nacional Los Mármoles, la reserva de la biosfera Mariposa Monarca y la reserva de la biosfera Sierra Gorda de Guanajuato.
En las dos décadas recientes “la Secretaría de Economía ha otorgado concesiones mineras en 2.39 millones de hectáreas supuestamente ‘protegidas’, una superficie que equivale a la del estado de México”.
Tan solo noviembre de 2018, la empresa canadiense Minarum comunicó el descubrimiento de ‘Alesandra’, una veta de oro en una mina que se ubica dentro del polígono de la también llamada ‘Reserva de Álamos’. Para su explotación se requiere ácido sulfúrico y otras sustancias altamente tóxicas que se absorben en los suelos y lesionan seriamente los ecosistemas. Minarium no es la única empresa que tiene a la Reserva de Álamos en la mira, en ese mismo año (2018) la compañía Bylsa Drilling inició exploraciones mineras dentro del polígono de esta Área Natural Protegida (ANP).
Como sucede en Sierra de Álamos, en diversas áreas protegidas de México se llevan a cabo actividades de explotación de minerales, que son autorizadas por las autoridades ambientales, pese a que en muchos casos se utilizan sustancias altamente tóxicas para su extracción.
Es un hecho: las actividades mineras en las ANP están amparadas por las leyes mexicanas. La Ley Minera establece la preponderancia de la extracción de minerales por encima de cualquier actividad productiva o uso de suelo. El artículo 6 de dicha ley dice, a la letra: “la exploración, explotación y beneficio de los minerales o sustancias son de utilidad pública [7]serán preferentes sobre cualquier otro uso o aprovechamiento del terreno, con sujeción a las condiciones que ésta establece”. La única excepción tiene que ver con las actividades de exploración y extracción del petróleo y otros hidrocarburos. En este caso prevalece un interés económico por sobre el derecho humano a un ambiente sano.
Es por eso que más de 100 organizaciones académicas y sociales entre las que figuran están Carto-Crítica, Consejo Civil Mexicano para la Silvicultura Sostenible, Observatorio Académico de Sociedad, Medio Ambiente e Instituciones, Centro de Análisis e Investigación Fundar, Reforestamos, Sociedad Mesoamericana de Economía Ecológica y Poder; también se sumaron la Academia de Derecho de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México, la Academia Nacional de Investigación y Desarrollo AC, Agua para Todos, Guerrero Alianza Integral de Reservas Ecológicas, Alianza Jaguar AC, Alianza Juvenil por la Sostenibilidad, AC y la Alianza Nacional para la Conservación del Jaguar, entre otras, así como más de mil 200 ciudadanos de todo el país y las organizaciones internacionales Center for Biological Diversity y Wild Lands Network; agradecieron que los legisladores hayan escuchado la voz de especialistas que por mucho tiempo se pronunciaron en contra de las mineras, además de las miles de personas que firmaron una petición en línea. Ante este paso que dio la Cámara de Diputados, con una abrumadora mayoría de 407 votos a favor, hacen un llamado urgente para que las comisiones responsables dictaminen a favor esta iniciativa y, con ello, fortalezcan la creación de leyes para preservar los refugios naturales de nuestro país, para garantizar nuestro derecho a un ambiente sano establecido en el artículo 4 de la Constitución.
La iniciativa busca impedir una afectación mayor provocada por la actividad extractiva de gran escala que ha impactado severamente el derecho a la salud, al agua y a la alimentación de las poblaciones, especialmente por el alto consumo de agua y la destrucción irreversible de grandes espacios territoriales para obtener recursos minerales a bajo costo. Al mismo tiempo, la medida favorece que pueda preservar el manejo de las reservas con las que cuentan conforme a sus propios modos de vida y desarrollo.
Y también se propone “abrir la discusión sobre cambios profundos a la Ley Minera, con el fin de contar con normas que pongan en el centro el bienestar colectivo y los derechos humanos y no los intereses del sector privado”.
Concretar esta ley es fundamental por la relevancia que tienen las ANP, ya que por medio de ellas “se garantiza la conservación de cientos de especies en riesgo que son amenazadas por la caza o para usarse con fines ornamentales, además son territorio fundamental para la provisión de servicios ecosistémicos de nutrientes, soporte y regulación (hidrológica, climática, suelo)”. Gracias a su preservación “se resguardan entornos naturales fundamentales para la cultura y la identidad nacional, principalmente de los pueblos originarios que son los que generalmente allí habitan”. Al tiempo que “proporcionan un campo propicio para la investigación científica enfocada en la regulación ambiental”.
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