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CUBA: Constitución defendida por las mayorías

24 de febrero de 2021


Foto: Abel RojasLa nueva Carta Magna cubana recibió la aprobación del 86,85 % de todos los que votaron el 24 de febrero de 2019

Un día como hoy, hace ya dos años, Cuba se dio, a sí misma, una nueva Carta Magna a la altura de todas sus conquistas y de no pocos anhelos. Porque la Constitución, aprobada en Referendo popular por la mayoría de los cubanos, el 24 de febrero de 2019, consolidó todo lo alcanzado y convocó a por más.


Fueron, exactamente, 6 816 169 electores, el 86,85 % de todos los que votaron, quienes eligieron el SÍ y, con ello, decidieron por una Ley de Leyes emancipadora, inclusiva, socialista desde la raíz, renovada y, al mismo tiempo, salvaguarda de lo irrevocable, de lo blindado, de los asuntos, pudiera decirse, de «Patria o Muerte».

Por el NO votaron 706 400 electores, el 9 % de los que ejercieron su derecho al sufragio, una minoría, visible desde los debates previos a la ratificación en las urnas. Pero el SÍ fue rotundo. Ese 24 de febrero, sobre las diferencias de todos los cubanos «llovió consenso», construido, criterio a criterio, en forma de artículos, sin menoscabo ni a una sola de las esencias. Prevaleció, sencillamente, la voz de un pueblo, como ha ocurrido con cada decisión trascendente en más de 60 años.

En esa partida constitucional, en la que Cuba se jugó una data tremenda, a golpe de historia, símbolo y razón, nada fue fortuito. Desde la consulta, que se inició un 13 de agosto como homenaje al Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz, hasta su aprobación, 124 años después de aquel reinicio libertario; desde su proclamación, otro 10 de abril de alumbramiento, hasta su implementación, cual brújula de hoy y de los años por venir. EL RETO DE LA LETRA VIVA

Desde su primer artículo, la Ley de Leyes de 2019 emergió superior, al definir a Cuba como un «Estado socialista de derecho y justicia social, democrático, independiente y soberano, organizado con todos y para el bien de todos...».

Y tres artículos después, en el 4 exactamente, valga recordarlo por estos días en que se blanden criterios, se estableció el carácter «irrevocable del sistema socialista».

En materia de derechos, la Ley Suprema cubana también amplió sus portones, concentró pronunciamientos e incorporó otros, a tono con los diferentes convenios y protocolos internacionales ratificados por Cuba, lo cual fortaleció el régimen de garantías a los ciudadanos.

Que el primer artículo que abre este acápite reconozca la dignidad humana como «el valor supremo que sustenta el reconocimiento y ejercicio de los deberes y derechos consagrados en la Constitución» mostró el alcance de tales postulados.

Se reforzó, además, la protección de la mujer; se amplió el derecho de igualdad al incorporar, entre otros, la no discriminación por identidad de género, origen étnico y discapacidad; se añadió un capítulo dedicado a las familias y se sumaron nuevos principios, en términos de justicia y debido proceso judicial.

A la par, se fijaron límites, como en todo; límites que llegan hasta los derechos del otro, la seguridad colectiva, el bienestar general, el respeto al orden público, la Constitución y las leyes; límites que no deberían obviar quienes inician cada «lucha o reclamo» con una invocación a respetar los derechos.

Los fundamentos económicos también fueron renovados sobre los cimientos de la planificación y la propiedad socialista de todo el pueblo en cuanto a los medios fundamentales, a lo que se agregó el reconocimiento del papel del mercado y de nuevas formas de propiedad no estatal, incluida la privada.

La estructura del Estado atrajo, quizá, las transformaciones más significativas, bajo la máxima, convertida en mandato constitucional, de fortalecer la institucionalidad de la nación y conducirla, a todos los niveles, por senderos de mayor orden.

De tal suerte también nació, como una de las disposiciones transitorias de la Carta Magna, la decimotercera, específicamente, la aprobación de un cronograma legislativo que permitiera desarrollar los postulados constitucionales, los Lineamientos aprobados en el VII Congreso del Partido y las propuestas normativas de los órganos del Estado para el cumplimiento de sus funciones.

A partir de dicho cronograma, suscrito en diciembre de 2019, el Parlamento cubano aprobó en 2020 seis leyes, de las 14 previstas, debido a las afectaciones provocadas por la COVID-19, mientras que el Consejo de Estado, emitió 25 decretos-leyes. Durante el periodo que resta de la actual legislatura (2021-2022), deben presentarse a la Asamblea Nacional del Poder Popular 26 leyes y aprobarse 29 decretos-leyes por el Consejo de Estado, para un total de 55 disposiciones normativas.

En el cumplimiento estricto de todas estas normas de desarrollo, en su apego fiel a la letra y espíritu de la Ley Suprema, en el respeto de todo lo demás consagrado en ella y, sobre todo, en la consumación de cuanto habita aún en el plano de las aspiraciones, se despliega la Constitución.

Con dos febreros a la espalda, ese texto marca país nos sigue desafiando, como nación, a mayores empeños en pos de toda la justicia posible.

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