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LA NUEVA REFORMA LABORAL

Benita Guerrero


La reforma laboral crea condiciones para la organización de los trabajadores y la defensa de sus derechos. Para romper con el charrismo sindical es importante que se haya aprobado la elección democrática de los dirigentes, el pleno ejercicio del voto personal, libre, directo y secreto en las votaciones, así como ajustarse a reglas democráticas y de igualdad de género, el derecho a pertenecer o no a un sindicato, el que los líderes ya no puedan aplicar la clausula de exclusión para separar de su trabajo a la oposición


La reforma laboral establece que el registro del sindicato podrá cancelarse en caso de que los líderes vendan o traicionen a los trabajadores y extorsionen a las empresas o instituciones a cambio de negar derechos y demandas de las bases trabajadoras. Los líderes no podrán eternizarse en el poder y deben rendir cuentas claras. La Junta de Conciliación y Arbitraje será sustituida por el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral

Será obligatorio para los patrones distribuir gratuitamente a sus trabajadores un ejemplar del contrato colectivo. Los contratos colectivos deberán revisarse cuando menos cada 4 años.

Según la nueva ley las empleadas domésticas tendrán derecho a seguridad social y establece que las empleadas del hogar tienen derecho a un descanso semanal de día y medio ininterrumpido, preferiblemente en sábado y domingo. A su vez se debe contar con un protocolo para prevenir discriminación por género

La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami) fijará las percepciones profesionales mínimas de los trabajadores del campo y habrá registro de antigüedad de trabajadores del

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Las leyes que se modificaron fueron: la Federal del Trabajo, Orgánica del Poder Judicial de la Federación, Federal de Defensoría Pública, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y del Seguro Social.

Podrá los trabajadores movilizarse y luchar cono sucedió en Matamoros que rebasaron a sus líderes corruptos y buscar la libertad de afiliación sindical y el acceso a la justicia laboral expedita,

Una gran laguna es que en la nueva ley no se prohíben los contratos temporales de personas que trabajan con funciones permanentes, lo cual viola el derecho a la estabilidad laboral. Los contratos por honorarios asimilables a salarios que permiten evadir la afiliación obligatoria al IMSS y violan el derecho a la seguridad social, acceso a servicios de salud y pensiones para el retiro. El empleo del outsourcing . Por lo que es menester seguir la lucha hasta eliminar estas prácticas que niegan todos los derechos laborales.

Sobre sindicatos, federaciones y confederaciones, la reforma estipula que los trabajadores y los patrones, tienen derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a las mismas, “con la sola condición de observar los estatutos de las primeras”. Para esto no necesitarán autorización previa.

La clase obrera debe educarse, movilizarse y luchar en contra del sindicalismo corporativo y de los abusos patronales. Es momento de revertir la destrucción de los sindicatos, de las prestaciones y derechos del pueblo trabajador negados aún más en las últimos décadas de neoliberalismo del PRIAN.

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