Pedro Guerra
Las empresas de plataformas digitales no sólo ahorran al eximirse del pago correspondiente por la seguridad social de sus trabajadores. Han encontrado la manera de traer de vuelta el trabajo a destajo, que se caracteriza por pagar en función de las tareas realizadas y no por la jornada laboral que la persona trabajadora desempeña y de la cual las empresas de plataformas digitales se benefician. Esta forma de trabajo, a saber, el trabajo a destajo fue una de las formas de trabajo por antonomasia en la Inglaterra industrial del siglo XIX y, tristemente, sigue presente en diversos lugares donde se carece de una regulación al trabajo y se brilla por la ausencia de derechos humanos laborales. Las plataformas digitales son un bastión para el trabajo a destajo. Las jornadas de 12 horas durante los 7 días de la semana han vuelto en forma de trabajo independiente.1
Este tipo de empleos representan una grave afrenta contra la estabilidad de la clase trabajadora y de sus derechos humanos laborales.
Esta es una batalla que se ha librado con anterioridad. Desde finales del siglo XIX, hasta principios del XX las luchas obreras se homologaron bajo la reivindicación de la jornada de 8 horas. Hoy en día, esta lucha recobra una fuerza como ninguna otra, con sus propias especificidades, como lo es la flexibilidad para realizar las labores en el momento más oportuno para el trabajador.
Las empresas de plataformas digitales argumentan que les es imposible pagar el tiempo total de conexión que una persona trabajadora pasa conectada a la plataforma digital, pues lo que éstas denominan como “tiempos de espera” no son productivos. Sin embargo, veremos como esta afirmación se tambalea y se muestra como una triquiñuela argumentativa para conservar sus ganancias.
En un estudio realizado por la OIT se expone:
Se señala una distinción entre el tiempo que pasan haciendo trabajo remunerado (es decir, tareas de trabajo real por las que el trabajador digital recibe una paga) y el tiempo que pasan haciendo trabajo no remunerado (es decir, el tiempo que dedican a buscar tareas, ganar calificaciones, buscar solicitantes a través de foros en línea, comunicarse con los solicitantes o clientes y dejar comentarios, así como tareas impagas/ rechazadas o tareas finalmente no presentadas. Teniendo en cuenta esta información, se indican a continuación dos medidas de ingresos salariales por hora: una que da cuenta solo de las horas dedicadas al trabajo remunerado y otra que da cuenta de la cantidad de horas dedicadas al trabajo remunerado y al no remunerado. 2 (continuará).
1 ALBA VEGA, Carlos. BENSUSÁN, Graciela. VEGA, Gustavo. El trabajo del futuro con derechos laborales. Diagnóstico y estrategia de política pública para el reconocimiento de derechos laborales de personas trabajadoras por plataformas digitales. Ciudad de México: Colegio de México. PP 39 – 44.
2 Las Plataformas Digitales y el Futuro del Trabajo. Cómo Fomentar el trabajo decente en el mundo digital. Oficina Internacional del Trabajo. Ginebra: OIT, 2019. PP. 51
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